Las puertas automáticas industriales, comerciales y de garaje están presentes en miles de empresas: accesos a naves, parkings, centros logísticos, comercios o edificios corporativos. Sin embargo, muchas compañías desconocen que estas puertas están sujetas a una normativa europea obligatoria cuyo incumplimiento puede derivar en sanciones, responsabilidades legales e incluso el cierre de instalaciones.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha publicado un nuevo informe oficial que actualiza y aclara los requisitos de marcado CE, modificaciones y responsabilidades relacionadas con este tipo de puertas. Un documento clave para cualquier empresa que ya tenga puertas automáticas en funcionamiento.
¿Por qué este informe es importante para tu empresa?
Aunque la puerta se haya instalado hace años, la responsabilidad no termina con la compra. El informe deja claro que:
- La empresa propietaria de la puerta es responsable de su uso seguro
- Ciertas modificaciones obligan a revisar el marcado CE
- Un accidente puede implicar responsabilidad civil, penal o administrativa
En otras palabras: tener una puerta automática sin la documentación adecuada es un riesgo real para la empresa.
Puertas automáticas existentes: el mayor foco de riesgo
Uno de los puntos más importantes del nuevo informe es la definición de “modificación sustancial”.
Esto afecta directamente a empresas que:
- Han cambiado el motor o automatismo
- Han añadido sistemas de control de accesos
- Han modificado la estructura o funcionamiento de la puerta
- Han realizado reparaciones importantes sin revisión normativa
En estos casos, la puerta puede dejar de cumplir el marcado CE original, y la empresa pasa a ser responsable de una instalación no conforme.
¿Qué debe tener una puerta automática para cumplir la normativa?
Toda puerta automática en una empresa debe contar con:
- Marcado CE visible y válido
- Declaración UE de Conformidad
- Declaración de Prestaciones
- Manual de uso y mantenimiento
- Revisiones y mantenimiento periódico documentado
Si falta alguno de estos elementos, la empresa se expone a sanciones en caso de inspección o accidente.
¿De quién es la responsabilidad: del instalador o de la empresa?
El informe del Ministerio es claro:
- El fabricante/instalador responde de la correcta puesta en servicio
- La empresa propietaria responde del uso, mantenimiento y modificaciones posteriores
Esto significa que, aunque la puerta la haya instalado un tercero, la empresa es responsable de que siga cumpliendo la normativa a lo largo del tiempo.
¿Qué pasa si hay una inspección o un accidente?
En caso de inspección de Industria o accidente laboral:
- Se revisará la documentación de la puerta
- Se comprobará si cumple el marcado CE vigente
- La empresa deberá demostrar que ha actuado con diligencia y mantenimiento adecuado
La ausencia de documentación o una modificación no declarada puede derivar en:
- Multas económicas
- Responsabilidad civil
- Problemas con seguros
- Paralización de la instalación
Cómo proteger a tu empresa
Para evitar riesgos innecesarios, el nuevo informe recomienda:
- Revisar todas las puertas automáticas existentes
- Verificar que el marcado CE sigue siendo válido
- Comprobar si ha habido modificaciones sustanciales
- Contar con un mantenimiento profesional documentado
- Asesorarse con especialistas en normativa de puertas automáticas



